Favor de esperar...

Tarjeta Verde

Inmigración de Familiares

Sea que eres ciudadano o residente, te podemos ayudar a legalizar a tus familiares.

Asilo / Deportaciones

Precios razonables. Planes de pago.

Sea que has sido arrestado, o estás en espera de una audiencia, te podemos ayudar.

Apelaciones

Corte de inmigración o corte federal

Tenemos el conocimiento y la experiencia que te puede ayudar. Años de experiencia llevando casos en apelación.

Ayudamos a ciudadanos americanos y a residentes permanentes a traer sus familiares a los Estados Unidos.

Ciudadanos pueden traer a su esposa o prometida, hijos, padres y hasta hermanos. Si los hijos son mayores de 21 años o casados tienen que esperar por una visa.

Residentes permanentes con tarjeta verde pueden traer a su esposa y sus hijos. Todos tienen que esperar por una visa.

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Asilo - Se le puede conceder asilo porque ha sido perseguido en su país por pertenecer a un partido político, por sus creencias religiosas, por ser homosexual, por su raza, y por otras razones.

Puede conseguir permiso de trabajo.


Deportaciones - Puede conseguir parar su deportaciones por varias razones que deben ser exploradas en forma individual. Si lo deportan es más difícil que pueda volver. No espere a que lo deporten.

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¿Le denegaron la fianza? ¿Perdió su caso en inmigración? Podemos ayudarlo. Lo podemos representar en el Board of Immigration Appeals o en la corte federal.

Primera Apelación - Board of Immigration Appeals. Su primera apelación es al BIA.

Segunda Apelación - Corte Federal. Si perdió su primera apelación, no pierda la esperanza. Nuestros abogados tienen la experiencia y el conocimiento para llevarlos al próximo nivel.

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Disfrute de todos los derechos que tiene un ciudadano americano.

Ayude a sus hermanos a conseguir la tarjeta verde. Si no tiene ciudadanía sólo puede ayudar a sus padres y/o hijos.

Lo ayudamos a preparar su caso y a prepararse para el exámen.

Conozca si tiene que cojer el exámen en inglés o si se le puede eximir de tal requisito.

Normalmente al ciudadanía se concede a los 5 años luego de obtener su tarjeta verde pero existen excepciones a esto.

También podemos ayudarlo si ha tenido algún problema con la justicia.

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TPS

El TPS es un programa especial que el gobierno de los Estados Unidos ofrece a los ciudadanos de ciertos países para que puedan residir y trabajar aquí. Las cualificaciones para el TPS cambian con frecuencia.

Algunos de los paises cuyos residentes cualifican para TPS son El Salvador, Honduras y Nicaragua.

Con ciertas restricciones los poseedores de TPS pueden hacer arreglos para viajar a su país de origen

Las personas con TPS también pueden obtener permisos de trabajo.

Podemos orientarlo y ayudarlo a conseguir el TPS si usted pertenece a uno de los países protegidos. También le ayudamos a conseguir el permiso de trabajo.

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¿Es ciudadano y se quiere casar con alguien que reside en el extranjero? Le podemos conseguir una visa para que lo haga aquí sin tener que esperar a casarse.

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¿Conoce a alguien que quiere estudiar aquí? Lo podemos orientar y ayudar a cualificar. ¿Está teniendo problemas con su visa de estudiante? Lo podemos orientar y defender para que mantenga su visa de estudiante. ¿Quiere cambiar su visa de estudiante y conseguir la tarjeta verde? Lo podemos orientar y ayudar sobre las diferentes alternativas.

¿Tiene un familiar que quiere visitarlo? Llámenos para orientarlo y ayudarlo.

¿Quiere invertir en los Estados Unidos y venir a residir aquí con su familiar? Llámenos para explicarle sus opciones.

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Sobre Nosotros

Cuando usted nos confia su caso, usted pone su confianza en profesionales que asegurarán el mejor resultado para usted. Logramos esto de una manera personal con una continua interacción entre usted y nosotros.

Preguntas y Respuestas

Aparte de que un ciudadano puede traer a sus hermanos y un residente permanente no puede, la gran diferencia entre estos dos tipos de solicitantes es que el ciudadano no tiene que esperar a que haya una visa para su familiar mientras que el residente sí. ¿Qué significa esto? Significa que, tan pronto la solicitud del ciudadano es aprobada, existe una visa disponible para su familiar que desea entrar a los Estados Unidos. En el caso de un residente, su familiar tendrá que esperar hasta que haya una visa disponible y el tiempo de espera va a depender del pais de donde venga el familiar ya que tendrá que apuntarse en una lista de espera.

La apelación de una decisión adversa por las autoridades de inmigración tiene que ser apelada al Board of Immigration Appeals (BIA). El BIA, al igual que la Corte de Inmigración, pertenece al Departamento de Justicia y por ende pertenece a la rama ejecutiva del gobierno, no la judicial. Esto significa que no es una corte como tal pero una oficina administrativa. Por lo tanto, una persona tiene que apelar las decisiones de la Corte de Inmigración al BIA pero, si el BIA se niega a corregir a la Corte de Inmigración, entonces la persona puede subir el caso a la Corte de Apelaciones Federal que es una corte en propiedad ya que está dentro de la rama judicial del gobierno federal. Esto también significa que la persona no debe rendirse si el BIA se niega a darle la razón. En circumstancias apropiadas, el asunto puede aún ser apelado a la Corte Suprema Federal para tratar de cambiar la decisión adversa de la Corte de Inmigración y de la Corte de Apelaciones Federal.

Para poder obtener asilo, la persona que lo solicita debe estar sufriendo, o haber sufrido, persecusión por motivos religiosos, políticos, raciales, o de preferencia sexual. Una persona también puede pedir asilo por otras circumstancias incluyendo una dependencia en alguién que sufra persecusión. Por ejemplo, en algunos países no se ve con buenos ojos que una mujer blanca se case con un hombre negro. Si ella sufre discrimen por esta razón, aunque sea blanca, ella puede pedir asilo. Esto se conoce como discrimen por relaciones interraciales. En circumstancias particulares, se puede conseguir asilo por violencia o criminalidad en su país - ej. persecusión por gangas o pandillas.

Sí, siempre y cuando quién la solicita sea un ciudadano americano. Se concede con el fin de que la persona pueda venir a los Estados Unidos a hacer los preparativos para la boda. Una vez se casen el solicitante puede solicitar que se le conceda la residencia permanente a la otra persona. Si el matrimonio no ocurre durante el tiempo de vigencia de la visa, entonces la persona tendrá que volver a su país de origen.

Un ciudadano puede traer a su esposa, sus padres, hijos y aún hermanos. Un residente permanente sólo puede traer a su esposa, a sus padres y a sus hijos.

Los periodos de covertura se han extendido según se indica a continuación. La siguiente información aplica sólo a aquellas personas que desean extender el periodo de covertura.


El Salvador


• Periodo para solicitar extensión: Septiembre 10, 2023 a Marzo 9, 2025.


Honduras


• Periodo para solicitar extensión: Enero 6, 2024 a Julio 5, 2025.


Nicaragua


• Periodo para solicitar extensión: Enero 6, 2024 a Julio 5, 2025.


El Salvador


• Si una persona de El Salvador desea extender su TPS de septiembre 10, 2023 a marzo 9, 2025, él / ella debe hacerlo durante el siguiente periodo: 12 de julio del 2023 a septiembre 10 del 2023.


Honduras


• Si una persona de Honduras desea extender su TPS del 6 de enero del 2024 al 5 de julio del 2025, él / ella debe hacerlo durante el siguiente periodo: 6 de noviembre del 2023 al 5 de enero del 2024.


Nicaragua


• Si una persona de Nicaragua desea extender su TPS del 6 de enero del 2024 al 5 de julio del 2025, él / ella debe hacerlo durante el siguiente periodo: 6 de noviembre del 2023 al 5 de enero del 2024.


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